UN APORTE SOBRE HIPOLITO YRIGOYEN Y LA POLITICA RURAL

Se le achaca, no sin razón, que Hipólito Yrigoyen tuvo que lidiar con un Congreso Nacional compuesto, tanto en las Cámaras Baja y Alta, “por elementos del viejo régimen caduco”, el mismo que había beneficiado a una oligarquía vacuna que postergaba el desarrollo pleno de los nuevos sectores emergentes como el del trabajo urbano industrial, el de la persistente inmigración europea o el de los peones de nuestros campos.

Pese a ello, varias fueron las medidas adoptadas por su administración en favor del trabajador rural, gracias, hay que decirlo, a la acción emprendida por el Ministro de Hacienda, Dr. Domingo E. Salaberry. Así, en enero de 1918, Yrigoyen remedia un problema que era acuciante, dado que, como él mismo lo expresara en un mensaje divulgado a la Cámara de Diputados en 1917,

“La escasez del colono propietario se hace sentir cada vez más, comprobándose que en una superficie de 83.600.000 hectáreas que forman la región especialmente agrícola, no alcanza al 30% el número de explotaciones en mano de propietarios, confirmándose la ley económica: cuando crece la gran propiedad en proporción aritmética, crece la emigración rural en proporción geométrica”.

Veía en ello, pues, un retroceso en el asentamiento del colono o chacarero dueño de su parcela. Con fecha 25 de enero de 1918 (Ley Nº 10.350) queda firmado un convenio con Gran Bretaña y Francia para que nuestro Estado pueda venderles 2 millones y medio de toneladas de cereales, y convertirse, así “como vendedor único en el exterior, defendiendo a los productores de maniobras privadas y asegurando para el beneficio nacional la colocación de los productos del agro”. Acompañando esta disposición, fue que Yrigoyen ayudó a fomentar la colonización agrícola-ganadera, pero ésta no pudo desarrollarse en plenitud debido a la negativa del Congreso para echar las bases del Banco Agrícola, como más adelante veremos.

En un trabajo muy poco divulgado, y que tomaba por eje lo actuado por Yrigoyen durante su primera presidencia, Francisco Aníbal Riú calificará al caudillo radical como dotado de un “pensamiento de estadista” y un adelantado a su tiempo “con la reforma y adaptación de las nuevas fórmulas de la justicia social”.[1]

Esas nuevas fórmulas implicaron una preocupación constante de parte del gobierno de Yrigoyen para encargar una legislación que tratara sobre alquileres y arrendamientos rurales. O sino, como cuando en 1918 mandó reglamentar el trabajo a domicilio, medida que salvó a los peones “de los dueños de obrajes de madera, ingenios azucareros y otras industrias análogas, que usan moneda propia, sin valor fuera de su radio”, acusa el eximio Manuel Gálvez.[2] Esta política también incluyó la creación de cooperativas agrícolas, y la reglamentación del trabajo y la locación rurales.

Pese a las furibundas críticas que le dispensaron a su Ministro de Hacienda, Yrigoyen continuó aplicando medidas en favor de los trabajadores de la campaña. Anota Gálvez, que Yrigoyen persigue a los acaparadores y solicita leyes “para reprimir el trust del azúcar”.

Pero dispar fue la suerte cuando, por acción de los componentes del Congreso Nacional, se obstruyó el proyecto para crear un Banco Agrícola-Ganadero, que tenía por misión la resolución de “la situación difícil de nuestras industrias madres”. El Banco Agrícola fue proyectado el 11 de diciembre de 1916 por el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda, teniendo por objetivo “mejorar la situación económica del país, procurando los recursos que le permitirán intensificar la explotación de sus fuentes de riqueza, creando al mismo tiempo nuevos organismos reconocidos universalmente como indispensables para el desenvolvimiento de la prosperidad general”. Por desgracia, el Congreso demoró la sanción de tan benéfico proyecto de modo indefinido, por lo que el Poder Ejecutivo envió un mensaje al Congreso el 29 de enero de 1917 exhortando acerca de por qué había que tratar y aprobar la creación de un Banco Agrícola-Ganadero, el cual beneficiaría con fondos a los trabajadores del campo “que la acción bancaria comercial” no satisfacía.

A su vez, el exhorto afirmaba que la política agraria emprendida por el yrigoyenismo evitaría la emigración de los agricultores hacia las ciudades, merced a un proyecto de colonización mixta. Con ello, los propietarios de campos podrían volver a poner a trabajar “la tierra actualmente inmovilizada” y hacerla producir ganancias hasta allí ausentes por causa del desarraigo de los peones o mano de obra. Pero ni estas cuestiones, que reportaban en beneficios monetarios para las arcas del Estado, pudieron doblegar la mezquindad de un Congreso desgraciadamente viciado, quien volvió a darle la espalda a las peticiones del Poder Ejecutivo Nacional.

LA MECANIZACION DEL CAMPO 

Viendo en la pampa gringa el considerable aumento de artefactos de trabajo rural tales como las trilladoras, cosechadoras y segadoras, fenómeno que ayudó a mecanizar la economía agraria, la Ley de Presupuestos de 1917 destinó una partida para crear, en diversas provincias argentinas, Escuelas de Artes y Oficios.

En esas Escuelas, se proponía dotar “a los aspirantes con oficio liberal, propendiendo a formar obreros hábiles y operarios mecánicos, convenientemente preparados para el trabajo, fuente de su propio bienestar y de su independencia económica”. De este modo, se satisfacía la creciente demanda de la industria y la actividad comercial. Las provincias beneficiadas con esta propuesta educativa, iban a ser Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Santiago del Estero, Tucumán, San Luis, Salta, Jujuy, La Rioja, San Juan y Mendoza.

Pero lo más interesante, es el tipo de orientaciones que iban a impartirse en esas Escuelas de Artes y Oficios, donde los alumnos inscriptos en ellas iban a ser capacitados en las especializaciones de carpintería, herrería y mecánica rural.

LEYES RURALES

El 14 de febrero de 1917, la administración de Yrigoyen, a través de la Ley Nº 10.230, derogó los artículos 197 y 198 del Código Rural, y el 4 de septiembre de ese mismo año sancionó la Ley Nº 10.247 que exceptuaba de impuestos a las semillas que se destinaban exclusivamente para la siembra, lo que significó un alivio para los trabajadores de los sembradíos.

Trascendente fue el subsidio que el gobierno yrigoyenista otorgó, por medio de la Ley Nº 10.607, del año 1918, al Congreso de Agricultura que estaba próximo para reunirse en la ciudad de Córdoba capital. Y un millón de pesos fuertes de la época fueron destinados para la adquisición de semillas para los agricultores argentinos, a través de la Ley Nº 10.403 sancionada en 1918. Para que los estibadores puedan llevar de modo más cómoda las cargas, por Ley Nº 10.777 del 25 de septiembre de 1919, el Poder Ejecutivo autorizaba la compra de arpilleras, hilo y bolsas para el envase de las cosechas.

Una ley de enorme importancia para el trabajador rural, fue la que llevó por número 11.170, que sancionada en septiembre de 1921 ponía su atención sobre cuatro aspectos, como eran: 1) el aseguramiento de la estabilidad laboral del arrendatario; 2) la indemnización por las mejoras introducidas por el que arrienda tierras; 3) el no embargo de los instrumentos y animales empleados para el trabajo del arrendatario; y, 4) asegurar la comercialización, contratación y venta de aquellos bienes producidos por el arrendatario.

El primer gobierno de Hipólito Yrigoyen, como se ve, fue, salvando aquellos conflictos surgidos por la injerencia de agentes anarquistas, comunistas y socialistas, de gran beneficio para el siempre postergado peón o gaucho laborioso de la campaña.

Hacia agosto de 1921, el mandatario radical fustigó al régimen oligárquico anterior por los “enormes daños que causara en su largo dominio, dilapidando el patrimonio de la riqueza nacional”, en especial a lo ateniente a la tierra pública, dado que ésta fue “vorazmente arrebatada” para su enajenación o para ser vendida, por nimias cifras monetarias, a grandes latifundistas. Tal era la opinión de Yrigoyen respecto a la propiedad rural, la cual debía ser modificada para darle mayores oportunidades de prosperidad a los chacareros o peones que laboraban de modo independiente.

En su segunda presidencia, don Hipólito continuará auxiliando a los trabajadores rurales con medidas largamente esperadas. Aquél escucha con atención, por ejemplo, un pedido formulado el 1º de noviembre de 1928 por agricultores y chacareros para hacer “nombrar inspectores secretos que recorran las colonias y escuchen a los pobres agricultores sobre los robos y abusos que cometen las casas de comercio, y las cuentas, en el retiro de los cereales, ya que la balanza siempre acusa menos cantidad”, esgrimen. Entre otros puntos, en los albores de 1929 el Estado Nacional fiscalizará el intercambio comercial de granos, para así evitar que los agricultores se vean estafados por la especulación y el encarecimiento artificial que también puede resultar en un perjuicio para el país.

Ya en las postrimerías del golpe de Estado efectuado contra Yrigoyen, en enero de 1930 se promulgaba una reforma a la Ley Nº 11.760 que, entre otras disposiciones, pedía a los patrones la obligatoriedad para “crear una escuela primaria si no existiera otra en 2 kilómetros a la redonda” en los campos donde trabajaban los peones rurales, y siempre que en esas zonas haya más de 25 almas viviendo y dando su trabajo.

Tenemos, entonces, lo acontecido el 31 de agosto de 1930 en las gradas de la Sociedad Rural Argentina (SRA), cuando una silbatina y abucheos perfectamente organizados con anticipación se centraron en la figura ya anciana de Hipólito Yrigoyen. Le gritaban, esa vez, casi al unísono “¡Que renuncie”“¡Muera el Peludo!”, y barbaridades por el estilo. Los partícipes de esa orquestación fueron miembros de la Legión Patriótica y de la Liga Patriótica, quienes en breve se alzarían en armas, por las calles de la ciudad de Buenos Aires, y de la mano de los cadetes del Colegio Militar de la Nación, para derrocar al gobierno constitucional y democrático de Yrigoyen.

Así finalizó esta administración que, en resumidas líneas, había ayudado, como nunca antes, a los esmirriados y vilipendiados obreros de nuestro campo macho. La fecha ya es parte de la historia: el 6 de septiembre de 1930 se concretaría el primer golpe de Estado del siglo XX en la Argentina.

Por Gabriel O. Turone

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Imagen de portada: Don Hipólito Yrigoyen conversando con un peón rural, circa 1922.

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Bibliografía:

-Álbum Presidencial de la Reorganización Nacional. Primer Gobierno Radical 1916-1922, Buenos Aires, República Argentina, 1923.

-Gálvez, Manuel. “Vida de Hipólito Yrigoyen. El hombre del misterio”, Ediciones Anaconda, Buenos Aires, 1939.

-Perrone, Jorge. “Diario de la Historia Argentina”, Tomo 3, 1916-1946, Ediciones Docentes Argentinas, s/f.

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Referencias:

[1] Riú, Francisco Aníbal. “Hipólito Yrigoyen, un conductor de pueblos”, Álbum Presidencial de la Reorganización Nacional 1916-1922, Buenos Aires, 1923.

[2] Tal reglamentación tuvo lugar el 8 de octubre de 1918, a través de la sanción de la Ley de Trabajo a Domicilio Nº 10.505.

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